FUSIONES DE EMPRESAS
CONCEPTO Y TIPOLOGÍA
El fenómeno de las fusiones
tiene su inicio en Estados Unidos a principios del siglo XX. Aparte de estos
primeros del siglo, los años de mayor intensidad en este tipo de operaciones
son los años veinte, el periodo de 1967 a 1969, y ya de forma exponencial, en
los ochenta y noventa. En todas estas oleadas encontramos características
comunes como el que se trate de períodos en los que el precio de las acciones
están en crecimien-to, aunque en cada caso encontramos diferencias
considerables en cuanto a los tipos de empresas que se fusionan y en los
procedimientos que siguieron. Para Arturo Rojas, economista de Analistas
Financieros Internacionales, “la fusión es una respuesta em-presarial a la
unificación de los mercados. Con ella se pretende esquivar el aumento de la
competencia”. A veces, los gobiernos de los con bancos más débiles, como
España, Italia, Francia o Portugal, promovieron concentraciones internas
“controladas” para evitar el desembarco de las entidades extranjeras.
A diferencia de otros
conceptos, como el de participaciones recíprocas, uniones temporales de
empresas, u otros acuerdos de cooperación empresarial, cuando dos o más
empresas se fusionan, desaparecen y se crea una nueva entidad. El valor de los
ca-pitales propios de las empresas implicadas debe ser calculado y ponderado en
el de la nueva sociedad. En la fusión, entran en juego los intereses de varias
entidades cuyas co-tizaciones oscilan y se comparan, a fin de cuentas, con el
valor de conversión de cada tipo de acción en acciones de la sociedad nueva. En
este caso, los accionistas de una o varias de las empresas fundentes podrían
verse discriminados con respecto a los de otras.
Un
tema muy interesante, aunque ajeno a la Valoración de empresas, es el del
Go-bierno de la nueva empresa, ya que en algunos casos (Incorporación de la “A”
en las si-glas del el BBV) se cuestiona si la fusión no ha supuesto una especie
de absorción vir-tual. Si una de las empresas es más poderosa o se fusiona en
relación ventajosa de capi-tal, en la empresa resultante pueden ser sus
administradores o consejeros los que go-biernen sin oposición.
En los últimos años existe
una gran obsesión por el tamaño por parte de las empre-sas. Se viene a
considerar el tamaño como un factor de éxito empresarial. Esta concep-ción se
refleja en el proceso de concentración, tanto a escala nacional como
internacio-nal, en los últimos años, con el pretexto generalizado de reducir
costes para ser compe-titivos en el ámbito global. La razón de estas actividades
por parte de las empresas no se entiende muy bien si observamos que según
estudios los procesos de fusión y absor-ción terminan en fracaso en número
mayor a los que acaban en éxito.
También se ha planteado si
está justificada la fusión cuando no es por motivos de eficiencia. Por ejemplo,
los bancos Santander y BCH anunciaron que mantendrían se-paradas la
operatividad de sus sucursales, según el banco a que pertenecían antes de la
fusión, cuyas siglas siguieron ostentando durante un tiempo. Eso puede indicar
que el único motivo por el que se fusionaron es poder fijar precios sin
incurrir legalmente en colusión, es decir, acaparar conjuntamente poder de
mercado.
Otra cuestión a considerar
es cómo valoran los accionistas los activos intangibles (o en su caso, los
efectos antieconómicos) de la unión de los procesos productivos
Inte-gración vertical,
diversificación de actividades, economías de escala, concentración de mercado,
poder de compra, etc
Tanto en caso de fusión
como de absorción. Habría que comparar la capitalización de la nueva empresa
con los valores de las empresas por separado, antes de la operación.
En las cotizaciones de las
acciones antes de la fusión ya pueden recogerse los efectos optimistas o
pesimistas con respecto a la conveniencia de la fusión o a la realización misma
de la operación, cuando la decisión no está tomada en firme. A su vez, la
deter-minación de los valores de conversión o la propia conclusión del proceso
puede acor-darse supeditada al comportamiento de los mercados en fechas previas
a la fusión o, lo que es menos problemático, en fechas anteriores al inicio de
las negociaciones.
Aparte de la
célebre distinción del IASC entre fusiones por absorción y por unión de
intereses, la fusión propiamente dicha, que se restringe al concepto de unión
en igual-dad de condiciones, puede presentar varias modalidades.
Fusión
horizontal: Consiste en la fusión de empresas dentro de un mismo nivel de
ac-tividad, es decir, empresas que compiten entre sí. Sería el caso de fusiones
de bancos, de eléctricas, etc. (fusiones de este tipo serán comentadas más
adelante).
Fusión
vertical: Se
da entre una empresa y su proveedor o, visto desde otra perspecti-va, entre una
empresa y su cliente. Si las sociedades implicadas son más de dos, pue-den
abarcar diversas fases sucesivas de la cadena de valor. Puede tratarse de fases
no sucesivas, como consecuencia de una estrategia de incremento del poder de
negocia-ción con un cliente o un proveedor.
Conglomerado:
Implica
la extensión de la empresa hacia campos no relacionados con sus intereses
actuales. Aquí no se intensifica la concentración, sino que se produce una
mayor diversificación de la actividad económica total de la nueva empresa.
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